martes, 12 de noviembre de 2013

EL MINPPTRASS INTENTA VULNERAR LOGRO OBTENIDO POR CONVENCIÓN COLECTIVA

Compañeras y compañeros de trabajo del MINPPTRASS 

Hacemos un llamado de alerta a todo el personal a no permitir que nos quiten dos días del permiso decembrino, esto debido a la circular N° 34, de fecha 04 de Noviembre de 2013 emanada de la Dirección de Personal, dirigida a todas las oficinas, donde se establece los días de permiso decembrino, divididos en dos fechas: 

  • 23 al 27 de diciembre de 2013 
  • 30 de diciembre al 03 de enero de 2014 

Esta arbitraria distribución al incorporar los días 24, 25, 31 de diciembre y 01 de enero, dentro de los días de permiso decembrino es violatoria de lo establecido en la cláusula N° 33 de la convención colectiva vigente, ya que la misma se refiere a una semana laboral (cinco días hábiles), también es oportuno señalar el artículo 184 de la LOTTT, que dispone, que todos los días del año son hábiles para el trabajo, con excepción de los feriados y establece como feriados el 1° de enero, el 24, 25 y el 31 de diciembre.